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Como ya se ha señalado,
una de las tareas más importantes que tiene encomendada este
Consejo, es la de fomentar y controlar la calidad del producto amparado.
Para llevar a cabo esa misión se han puesto en marcha dos grandes
líneas de trabajo:
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Aseguramiento
de la Trazabilidad del producto
Ello supone el seguimiento de todo el proceso, desde el nacimiento
de los animales hasta que se obtiene el producto final amparado por
la Indicación. Se lleva a cabo por veedores del propio Consejo
en tres fases o puntos de control:
El primero supone el control documental y el cumplimiento estrícto
de lo dispuesto por la legislación vigente en materia de identificación
y movimiento de animales pertenecientes a las granjas inscritas en
el Consejo.
El segundo se realiza a nivel del matadero; allí, un técnico
del Consejo Regulador colocará en los brazuelos que proceda
un precinto numerado que permita relacionar esas piezas con los animales
de origen. El tercero tiene lugar en la industria cárnica,
y consiste en la colocación (en presencia de personal del Consejo
Regulador) de una contraetiqueta numerada en todos aquellos lacones
que hayan sido calificados como aptos. Dicha acción supone
un requisito ineludible y sin el cual no se permitirá la comercialización
del producto que haya de ir amparado bajo la Indicación Geográfica
“Lacón Gallego”.
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Programa
de Mejora y Control de Calidad
Este Consejo Regulador tiene contratada una empresa de control externo
para llevar a cabo dicho programa. El objeto del mismo será
verificar el grado de cumplimiento del reglamento e identificar la
situación respecto de aquellos factores que marcan la calidad
intrínseca del producto. El programa propuesto se basa en el
análisis y ensayo (en un laboratorio acreditado) de diferentes
tipos de muestras seleccionadas mediante un sistema que garantiza
la máxima representatividad y en la revisión del estado
de parámetros críticos de los distintos procesos. El
resultado de los análisis desvelará la posible presencia
de las sustancias buscadas, incidiéndose especialmente en aquellas
que puedan interferir en el ritmo normal de crecimiento y en el desarrollo
de los animales, así como en el origen de las materias primas
utilizadas para la alimentación de los animales.
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A todo esto hay que
sumar dos aspectos:
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1. La obligación
de que todas aquellas granjas, mataderos, salas de despiece e industrias
cárnicas de elaboración que tengan actividad dentro
de la Indicación estén inscritas en la misma, cumpliendo
para ello con lo que marca nuestro reglamento en su Capítulo
VII, y el seguimiento periódico que se les hace por parte del
personal del Consejo.
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2. El control en
punto de venta del Lacón Gallego, el cual contempla aspectos
tales como: precio, condiciones de conservación, rotación
del producto, uso indebido de la marca, etc.
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